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Una sentencia firme obliga a Ceiss a devolver más de 200.000€ a un matrimonio ponferradino

La sentencia considera que la estimación de la demanda es "sustancial" y la entidad bancaria deberá abonar la cantidad a estos jubilados antes de 20 días hábiles

El Banco Ceiss está obligado por una sentencia firme a devolver 212.982 euros a un matrimonio de jubilados de Ponferrada, que rechazaron la oferta de Unicaja cuando ya estaba iniciado el juicio.

Los demandantes tienen el perfil habitual en los afectados por este tipo de producto a los que la Justicia viene dándoles la razón de forma reiterada. Son pensionistas y carecen de estudios superiores. En mayo de 2013, cuando se produjo el canje forzoso por bonos del Banco CEISS decretado por el FROB, recibieron una desagradable sorpresa al enterarse de que se encontraban entre los miles de afectados por las Preferentes de Caja España y descubrieron que lo que creían que era un plazo fijo con el que asegurar los años de su jubilación se había convertido en papel sin ningún valor real lo que de hecho suponía la pérdida de todos sus ahorros. Por este motivo, solicitaron los servicios de Laudo Abogados para reclamar judicialmente la devolución de su dinero.

Estando ya el pleito en marcha, los demandantes recibieron la oferta de Unicaja, en la que, junto a mayores quitas sobre el principal, se exigía a los afectados la renuncia a sus reclamaciones a cambio de un supuesto mecanismo de revisión tras el cual se les ofrecía recuperar una parte de su dinero.

Sin embargo, este matrimonio decidió no aceptar la oferta de Unicaja y continuó con su demanda judicial, gracias a lo cual ahora van a recuperar todo su dinero sin soportar ningún tipo de pérdida en su capital y sin renunciar a ninguno de sus legítimos derechos, “lo que viene a confirmar, una vez más, que acudir a los tribunales es la vía que se está demostrando como la más rápida y eficaz para solucionar el problema de los afectados por este tipo de productos financieros”, señalan desde Laudo Abogados.

La sentencia, dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Ponferrada, anula la suscripción de las Participaciones Preferentes erróneamente efectuada por los demandantes y también anula su posterior canje forzoso por Bonos Contingentemente Convertibles, obligando de esta forma a Banco CEISS a devolver a los demandantes la cantidad de 212.982,86 euros más intereses legales de un 4% anual desde la suscripción hasta la fecha de la sentencia y de un 6% desde la sentencia hasta la fecha de pago del capital, debiendo, como es habitual, compensarse los intereses ya cobrados por los clientes anteriormente.

La sentencia estima que la voluntad emitida en relación con la suscripción de las participaciones preferentes adolece de un vicio de consentimiento por error, motivo que se viene reiterando en la gran mayoría de las sentencias dictadas hasta el momento.

La estimación de la demanda es “sustancial” y por este motivo se condena a la entidad financiera a pagar todas las costas del pleito.

La sentencia ya es firme, al no haber sido recurrida, y, por tanto, Banco CEISS tiene veinte días hábiles para devolver el dinero en el plazo o en caso contrario los demandantes podrían solicitar el embargo de los bienes de la entidad bancaria.