PREMIOS MUJER 2024

Satse rechaza el procedimiento de Sacyl por “suspender” derechos de los sanitarios ante el coronavirus

El sindicato reconoce que la medida de no acudir a jornadas y congresos deriva del Ministerio pero entiende que el procedimiento seguido “no ha sido el adecuado”
Hospital Clínico de Valladolid. / Rubén Ojeda

El Sindicato de Enfermería Satse en Castilla y León ha rechazado el procedimiento seguido por el gerente regional de Salud, Manuel Mitadiel, al “suspender” el derecho a los permisos de los profesionales sanitarios para recibir formación y asistir a cursos o congresos debido al coronavirus. Satse solicitó que se lleve a cabo la convocatoria extraordinaria de las juntas de personal y de la Mesa Sectorial de Sanidad para analizar la situación y valorar la procedencia de la suspensión de los derechos de los trabajadores de Sacyl.

Según trasladaron fuentes sindicales a través de un comunicado, el gerente regional ha remitido un escrito a los gerentes de los centros sanitarios de Castilla y León informándoles de que se deben suspender los permisos de asistencia de los profesionales sanitarios a reuniones, congresos y talleres con el fin de favorecer la contención de la epidemia de coronavirus.

Ante esto, el sindicato ha hecho llegar un escrito a la consejera de Sanidad, Verónica Casado, en el que se reconoce que la medida deriva de las recomendaciones expresadas por el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, aunque insisten en que supone “suspender” un derecho de los trabajadores y que el procedimiento seguido para ello “no ha sido el adecuado”.

“La suspensión de un derecho de los trabajadores conlleva un trámite ante las juntas de personal y la Mesa Sectorial previamente a la suspensión del mismo, junto con el planteamiento de las causas justificadas que motivan la adopción de dichas medidas extraordinarias”, trasladaron. A juicio de Satse, remitir un escrito a los gerentes informando de la suspensión de un derecho sin haber informado antes a los representantes de los trabajadores, “invalida la suspensión de dicho derecho”.