La Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León indemnizará a una paciente de 53 años con 180.000 euros por una “defectuosa asistencia” que le fue prestada en el Hospital Río Hortega (Valladolid), por una fractura en el brazo derecho el 4 de enero de 2018, que finalmente obligó a amputarle el brazo.
La sentencia indica que debió haberse indicado un tratamiento quirúrgico de inicio, cuando en las primeras consultas de revisión en enero y febrero de 2018, ya se constataba la nula consolidación de la fractura. Todo ello hubiera evitado la mala evolución posterior, que culminó en la necesidad de amputación del brazo derecho.
La Asociación ‘El Defensor del Paciente’ informó que la mujer, incapacitada legalmente por trastorno psicótico y un nivel intelectual límite, sufrió una caída el día 4 de enero de 2018, y fue trasladada al Servicio de Urgencias del Hospital Río Hortega de Valladolid, donde se le diagnosticó de una fractura de húmero derecho con angulación de fragmentos. Se le inmovilizó con férula y se le pautaron antinflamatorios y analgésicos.
En las revisiones posteriores se constató que no había consolidación de la fractura. El Servicio de Traumatología, pasados 3 meses, planteó entonces la posibilidad de una futura cirugía.
El día 20 de abril de 2018, a la espera de una decisión sobre esa posible cirugía, la paciente acudió a urgencias por un mal olor en el brazo y supuración. Con una radiografía se diagnosticó una infección de la fractura, realizándose al día siguiente cirugía para limpieza de infección, colocándose un fijador externo para resolver la fractura. Sin embargo, pasado un mes, persistió la fractura, por lo que se realizó intervención quirúrgica el día 11 de junio de 2018. En la revisión postquirúrgica se confirmó una fractura desplazada y sin solución de continuidad en sus fragmentos, decidiéndose una nueva intervención que se realizó el día 18 de junio de 2018, retirándose material de osteosíntesis, limpieza de foco de infección persistente, y nueva osteosíntesis, con injerto.
Desde el mes de junio hasta octubre de 2018, la paciente realizó tratamiento de rehabilitación. En noviembre, Traumatología confirmó que existía movilización del material de osteosíntesis de la última cirugía, secundaria a infección del material. Con el diagnóstico de pseudoartrosis infectada, se decidió nuevamente retirar el material, tratar el foco de infección y, según evolución, intentar una cirugía de reconstrucción. Tras retirar la escayola en el mes de enero de 2019, persistió pseudoartrosis y ausencia de unión de los huesos. Se propuso entonces una nueva cirugía de alargamiento con clavo intramedular y fijador externo. La paciente fue incluida en la lista de espera quirúrgica.
El día 14 de marzo de 2019, la mujer acudió a urgencias por supuración de la herida del hombro. Tras una radiografía, se diagnosticó de fístula en cara anterior del húmero, importante desplazamiento y angulación de fragmentos de hueso. Se pautó tratamiento antibiótico e inmovilización. Dos meses más tarde, volvió a aparecer supuración en hombro. Ante el fracaso de los tratamientos aplicados, se decidió la amputación del brazo por infección persistente. El 12 de junio de 019 se realizó dicha amputación.
En el presente caso, formulada reclamación frente a la Consejería de Sanidad, Inspección Médica indicó que, en las revisiones iniciales tras el diagnóstico inicial, ya se tenía que haber planteado el tratamiento quirúrgico, con la confirmación radiológica de angulación y separación de fragmentos óseos. Teniendo en cuenta además que el tratamiento conservador (como el que se hizo en este caso) sólo cabe plantearse con pacientes colaboradores que no impidan la buena evolución del mismo. Y esta mujer, debido a su trastorno mental, no era la paciente idónea en absoluto para este tratamiento conservador.
A pesar de su estado mental, la mujer vivía en un piso tutelado, atendiendo las labores diarias de la casa, precisando únicamente supervisión para algunas tareas. Actualmente, está interna en una residencia al ser totalmente dependiente incluso para actividades básicas de la vida diaria (necesita gran ayuda para su aseo, vestirse, realizar tareas domésticas, etc.). La amputación de su brazo ha supuesto asía “un grave retroceso en sus logros para ser una persona autónoma a pesar de sus limitaciones”.
Carmen Flores, presidenta de la Asociación ‘El Defensor del Paciente’, considera que “a pesar de la desgracia que supone para la afectada y su familia, al menos, con esta Resolución, la mujer tendrá mayor facilidad para acceder a todo tipo de ayudas que ahora precisa”.