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¿Qué supone el confinamiento o cierre perimetral en Ponferrada?

No se podrá salir y entrar del municipio sin causa justificada y habrá restricciones en aforos de negocios y eventos sociales como funerales
Controles en Ponferrada durante el estado de alarma. / QUINITO

A las 00:00 horas de este viernes 22 de octubre, el municipio de Ponferrada quedará confinado. La Junta de Castilla y León así lo va a decretar en el Boletín Oficial de la comunidad autónoma tras tomar la decisión esta miércoles y comunicárselo al alcalde de la capital berciana, Olegario Ramón. No ha habido avisos similares a otros alcaldes, ni aun a aquellos cuyos municipios dependen de ambulatorios situados en la ciudad de Ponferrada.

Los accesos al municipio quedarán restringidos desde este viernes.

Si no hay cambios respecto a las medidas tomadas en otras localidades de la provincia, como León capital y San Andrés del Rabanedo, así como en Palencia y Burgos, además de las restricciones a la entrada y salida del municipio se sumarán algunas más.

El confinamiento o cierre perimetral sólo permitirá entrar y salir del municipio en casos justificados. Estas excepciones son los desplazamientos para ir al trabajo, al un centro educativo (de todos los niveles, de guardería a universidad) o por necesitar acudir a un centro sanitario. El Hospital El Bierzo se encuentra dentro del municipio de Ponferrada pero el desplazamiento al mismo por causa justificada se puede llevar a cabo. Los habitantes de los municipios que dependan de ambulatorios de la capital berciana, podrán acudir a ellos.

En cuanto a la vida social, las reuniones de cualquier tipo no podrán superar el número de seis personas.

Estas medidas de cierre perimetral se toman cuando la incidencia de la covid-19 genera, a criterio de la Dirección general de Salud Pública, un riesgo de transmisión comunitaria, tal y como ocurre en Medina del Campo, Burgos, Palencia, León y San Andrés del Rabanedo.

A partir del viernes, el aforo de las tiendas, bares o cualquier negocio queda reducido al cincuenta por ciento. La hora del cierre en las localidades en las que la Junta ha decretado cierre perimetral (o confinamiento) son las 22 horas como máximo. (Los servicios de entrega de comida a domicilio serían una excepción a esta norma.)

Continuará suspendido el servicio de barra en los bares y no se permite fumar en las terrazas.

Con el cierre perimetral, en las localidades donde ya se ha aplicado no se pueden admitir clientes a partir de las 22 horas en establecimientos de hostelería y la actividad deberá cesar como máximo a las 23 horas.

Autoescuelas, academias y otro tipo de enseñanzas no regladas, siempre y cuando puedan garantizar la distancia y nunca superar la mitad del aforo (lo mismo ocurre con toda actividad formativa presencial de la Consejería de Empleo), continúan con su actividad.

En cuanto a la actividad deportiva, los grupos no pueden superar las seis personas y el aforo ha de ser inferior al 60 por ciento en exteriores y al 50 por ciento en interiores.

Iglesias y velatorios

Con el confinamiento perimetral, la asistencia a lugares de culto en Burgos, Palencia, León, San Andrés y Medina, de acuerdo con las medidas aprobadas por la Junta, no puede superar un tercio de su aforo. La distancia interpersonal debe ser garantizada (1,5 metros) y asimismo el uso de la mascarilla.

En los velatorios, la asistencia se limita a un máximo de 15 personas en espacios al aire libre y a 10 en espacios cerrados. Esto debe ser así sean o no convivientes. Las comitivas fúnebres estarán limitadas a 15 personas en total.

Las medidas señaladas son las que se han tomado por parte de la Junta en los casos de confinamiento o cierre perimetral anteriores. Si hay alguna diferencia en el caso de Ponferrada, se sabrá cuando se publique el próximo Boletín Oficial de la comunidad autónoma.