Los escolares de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Especial, así como los estudiantes de Educación Secundaria Obligatoria escolarizados en centros de Educación Primaria, comenzarán el curso escolar el lunes día 11 de septiembre sus clases en el próximo curso 2017-2018, tal y como recoge este lunes el Boletín Oficial de Castilla y León. Por su parte, empezarán una semana más tarde, el 18 de septiembre, los alumnos de ESO, Bachillerato, segundo curso de ciclos formativos de Grado Superior de Formación Profesional Inicial y de Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño, así como las Enseñanzas en régimen nocturno.
Por su parte, los estudiantes de Ciclos de Formación Profesional Básica, Grado Medio y primer curso de Ciclos Formativos de Grado Superior de Formación Profesional Inicial, Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño y las impartidas en centros y aulas de Educación de Personas Adultas y a distancia, lo harán el 25 de septiembre. Por último, el 2 de octubre iniciarán las clases los alumnos de las Enseñanzas de Idiomas y Elementales, artísticas superiores y deportivas.
En cuanto al final del curso escolar, el alumnado de Enseñanzas de Idiomas y de 6º curso de Enseñanzas Profesionales de Música y Danza, los ciclos formativos de grado superior de enseñanzas deportivas, educación a distancia, segundo curso de bachillerato en regímenes ordinario y nocturno y los segundos curso de ciclos formativos de grado superior de FP inicial, artes plásticas y diseño acabarán el 6 de junio. El resto del alumnado finalizará la actividad lectiva el día 22 de junio de 2018.
Vacaciones
El calendario del curso 2017-2018 también establece los periodos vacacionales, festividades laborales y días no lectivos. Así, las vacaciones de Navidad comprenderán del 22 de diciembre al 7 de enero de 2018, y las de Semana Santa, del 28 de marzo al 6 de abril. inclusive.
Además de los festivos establecidos en el calendario laboral de la Comunidad, tendrán la consideración de días no lectivos el 13 de octubre -Día del Docente-, el jueves 7 de diciembre, los días 12 y 13 de febrero de 2018 -fiestas de Carnaval-, y el 30 de abril, lunes.
En el calendario escolar se indica que las pruebas extraordinarias, finales o la segunda sesión de evaluación final, en su caso, del curso académico 2016-2017 para el alumnado de ESO, ciclos de Formación Profesional Inicial y Bachillerato, se realizarán el 1, 4, y 5 de septiembre de este año; las de Grado Medio y Superior de artes plásticas y Diseño se realizarán con anterioridad al 8 de septiembre de 2017; las pruebas extraordinarias de Enseñanza Secundaria para personas adultas del segundo cuatrimestre o de todo el curso se realizarán el 1, 4, y 5 de septiembre; las pruebas extraordinarias para el alumnado de enseñanzas de idiomas se realizarán preferentemente en la primera quincena de septiembre y las pruebas extraordinarias de enseñanzas deportivas y elementales y profesionales de Música y Danza se realizarán con anterioridad al 8 de septiembre.
Asimismo, se establece que las pruebas extraordinarias o finales del curso académico 2017-2018 para el alumnado de 2º de Bachillerato en régimen ordinario y nocturno con materias pendientes de 1º y/o 2º y la segunda sesión de evaluación final de los segundos cursos de los ciclos formativos de Grado Superior de FP Inicial, se realizarán entre el 25 y el 29 de junio de 2018; la sesión de evaluación final de los ciclos formativos de Grado Superior en régimen de educación a distancia se realizará con fecha límite el 6 de junio de 2018, las pruebas extraordinarias de Enseñanza Secundaria para personas adultas del primer cuatrimestre se realizaran del 1 al 7 de junio de 2018; las pruebas extraordinarias de Bachillerato en régimen a distancia se realizarán entre el 25 y el 29 de junio de 2018; y finalmente, que los días dedicados a las pruebas extraordinarias de evaluación tendrán la consideración de lectivos.
Modificaciones en el calendario
No obstante, los centros docentes pueden solicitar cambios en el calendario escolar. Para ello, deben solicitar su modificación a las direcciones provinciales de Educación hasta el 31 de julio en los casos en lo que los cambios solicitados afecten a las fechas de inicio de las actividades lectivas y hasta el 30 de septiembre para el resto y, dicha solicitud deberá ser informada por el Consejo Escolar, en el caso de centros sostenidos con fondos públicos o por el Consejo Social, en el caso de Centros Integrados de Formación Profesional (CIFP).
Además, los centros que comparten los servicios de comedor o transporte escolar tienen que acordar y solicitar individualmente la modificación de los mismos días, para que de esta forma dispongan del mismo calendario escolar. Los directores de los centros implicados deben indicar en su solicitud los centros con los que comparten los servicios.
La posibilidad de solicitar dichos cambios pretende conjugar un marco común para toda la Comunidad de Castilla y León con la especificidad de cada centro y sus circunstancias, teniendo en cuenta su autonomía en lo relativo a la organización y distribución del tiempo escolar.
Asimismo, los ayuntamientos o los consejos escolares municipales, si se da el caso, pueden promover la coincidencia de dichas modificaciones entre todos los centros de su municipio. En todo caso, las modificaciones solicitadas respetarán el número total de días lectivos o duración en su caso, de las diferentes enseñanzas.
Durante cursos anteriores se han autorizado cambios en el calendario escolar que han afectado tanto al inicio de curso como a la modificación de días no lectivos y lectivos, con la finalidad de adecuar los calendarios escolares de los centros educativos a festividades tradicionales o la celebración de actos de índole social.
En los últimos años, cabe destacar el adelanto del inicio las actividades lectivas en Soria capital y otras localidades de la misma provincia en diversas enseñanzas con la finalidad de adecuarse a festividades locales. De igual forma, se han solicitado cambios de los días no lectivos de Carnavales por otros, en León y Soria, de días aislados en prácticamente todas las provincias de la Comunidad, para celebrar festividades locales, que han sido autorizados en su totalidad por las direcciones provinciales de Educación siempre que se han cumplido los requisitos para ello, y atendiendo a la mejor organización de las distintas enseñanzas, garantizando en todo caso el comienzo la finalización de las actividades en relación al acceso por medio de las distintas pruebas extraordinarias y el acceso a niveles superiores de enseñanza.