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Piden tres años de cárcel para la ponferradina absuelta de un delito tras simular que estaba en Sevilla con la factura de un restaurante

La Fiscalía entiende que la factura "que ella misma o alguien a su dictado había previamente realizado" "indujo a error", por lo que la acusa de "delito de falsedad en documento mercantil en concurso medial con un delito  de estafa procesal"
Imagen de Sevilla. / Pixabay

La Fiscalía del Área de Ponferrada pedirá tres años de cárcel para una ponferradina que consiguió ser absuelta de un delito leve de lesiones alegando que ese día estaba en Sevilla, y entregando como prueba una factura presuntamente falsa de un restaurante de esta ciudad. El juicio contra la mujer tendrá lugar el día 19 en la Audiencia Provincial de León.

En las diligencias previas, el fiscal argumente que la mujer fue enjuiciada como denunciada en el Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 2 de Ponferrada por un delito leve de lesiones en relación con unos hechos ocurridos el 18 de Marzo del 2017.


“Con el propósito de evitar ser condenada y eludir de este modo el pago de la multa que el delito llevaba aparejada, así como el importe de la responsabilidad civil dimanante de las lesiones, la acusada presentó en juicio una factura del restaurante —— de la ciudad de Sevilla, que ella misma o alguien a su dictado había previamente realizado, para justificar que ese día no se encontraba en Ponferrada como sostenía la denunciante, induciendo de este modo a error al juzgador, que dictó sentencia absolutoria con fecha 20 de Noviembre del 2017, posteriormente confirmada por la Audiencia Provincial de León”, sostiene la Fiscalía.

Los hechos narrados -prosigue- son constitutivos “de un delito falsedad en documento mercantil en concurso medial con un delito  de estafa procesal, previstos y penados en los artículos 392.1 y 250.1.7º del Código Penal en relación con los artículos 390.1.2º y 248 del referido cuerpo legal”, y de ellos “responde la acusada en concepto de autora, de conformidad con los artículos 27 y 28 del Código Penal”.

Por todo ello, el fiscal entiende que procede imponer a la acusada, conforme al artículo 77.3 del Código Penal la pena de tres años de prisión con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y doce meses de multa con una cuota diaria de diez euros con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas.