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Mudarse o cerrar, cien comercios bercianos de renta antigua ante la disyuntiva

Un centenar de negocios en la comarca del Bierzo, varios miles en la provincia leonesa y 26.000 en Castilla y León están afectados por la Ley de Adaptación de los contratos de alquiler
Negocios de Ponferrada. / EBD

Alejandro J. García Nistal El Gobierno no dará más moratorias a los inquilinos de renta antigua. Al menos así se desprende de todas las declaraciones de los altos cargos de Hacienda en estos últimos días preguntados por la prensa nacional.

Asociaciones de comerciantes y federaciones en sus más distintos niveles han estado hasta esta misma semana protagonizando intervenciones en programas de radio, reportajes periodísticos e incluso algún conato de concentración a las puertas del mismo Ministerio de Hacienda.

Según datos del INE, la Asociación de Comerciantes de Castilla y León y otras publicaciones consultadas en el Bierzo, existen un centenar de negocios, en especial bares y comercios de confecciones, que tienen la disyuntiva de actualizar su alquiler por Ley o buscar otro local en el que les resulte más barato seguir con su actividad.

Bar El Recreo, un clásico

En la Avenida Gómez Núñez, en el barrio de San Ignacio de Ponferrada, radica desde que arranca la memoria un bar tremendamente popular, de los que abren de madrugada y pasada la medianoche sigue sirviendo consumiciones a precios asequibles. Es, además de un bar de barrio, toda una institución por la que han pasado varias familias en su regencia. Hoy, sirve de ejemplo de local de renta antigua que medita si mudarse o adaptarse a la subida de la renta. Pase lo que pase, y decidan lo que decidan, su fama de trabajadores la tienen acreditada tanto si cambian de zona como si no.

En este mismo barrio, existen otros negocios en su misma situación. “El problema es que algunos propietarios no quieren negociar, bien porque quieren unos ingresos que somos incapaces de pagar o porque su intención es vender sin ‘bicho’ dentro”, se lamenta la vendedora de un comercio también con un alquiler de renta antigua.

La otra cara

Los propietarios, por su parte, aparecen ante la opinión pública como los ‘malos de la película’ como los culpables del cierre de estos negocios. No quieren que se les identifique, no desean aparecer en los medios. Son la otra cara de la moneda: el arrendador que ha estado percibiendo unas rentas muy por debajo del mercado.

Alberto Villar cuenta con tres negocios en los bajos de un edificio que hizo su padre en los años 60 en el barrio de San Pedro. Un bar, una peluquería y una pequeña tienda  que han estado décadas pagando 515 pesetas, “de las de entonces”. “Sí, hemos podido compartir algunos gastos -yo solo era incapaz de hacer frente a ellos-, pero en cualquier caso ya era hora de que pudiera obtener una rentabilidad a la herencia que me dejó mi padre. Hoy, desde luego, no haría un contrato de alquiler así”, explica.

Las cifras bailan por la falta de unanimidad. En la provincia de León, según detalla el INE en su web, hay 4.300 comercios cuyo alquiler pasa de 40 años de antigüedad. La Asociación de Comerciantes de Castilla y León ha declarado que los negocios que se ven afectados por la regularización de los alquileres son unos 26.000 en toda la Comunidad, generalmente en régimen de autónomos.

“Liquidación total por cierre” rezan muchas tiendas de siempre. Las caras de los responsables lo dicen todo: están resignados. Han luchado hasta el final pero han perdido la batalla. Un día después, el 1 de enero de 2015, se extinguirán por ley muchos arrendamientos de locales suscritos con anterioridad al 9 de mayo de 1985, es decir, los denominados de renta antigua. “He intentado negociar con ellos. Pero se han cerrado en banda. Ahora mismo pago 800 euros de alquiler pero estoy dispuesta a pagar hasta 5.000. Me piden 6.000 euros, una cantidad que no puedo asumir vendiendo cartulinas”, se lamenta una mujer, que prefiere mantenerse en el anonimato. La dueña del local es una congregación cristiana, propietaria también de las viviendas de todo el edificio.

Otra librería cercana, en avenida de la Puebla, resiste el paso del tiempo a pesar de que la techumbre parece que se vendrá abajo en cualquier momento. Se diría que la resistencia incluso pasa por aguantar el acoso del estado de ruina al que en ocasiones les somete el dueño el edificio.

La causa de los cierres

Pero, ¿por qué tendrán que echar el cierre? La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) de 1994 estableció una moratoria de 20 años para finiquitar los llamados arrendamientos antiguos, un plazo que finaliza el 1 de enero de 2015. La disposiciones transitorias 1ª, 2ª y 3ª de la LAU fijan la fecha de finalización de cada contrato de renta antigua dependiendo del tipo de inmueble, de las posibles transmisiones o traspasos de los contratos y de la personalidad jurídica del inquilino.

“La finalización de los contratos de renta antigua afecta única y exclusivamente a personas jurídicas, a sociedades, en ningún caso a particulares o autónomos”, explica a EBD un abogado consultado, que estima que los inquilinos pasarán a pagar entre cinco y siete veces más de alquiler. “No obstante, hay excepciones si el contrato fue traspasado a un tercero entre 1984 y 1994 o si la actualización de la renta exigida en la LAU se abonó íntegramente en el primer mes. En ambos casos, el plazo se incrementa en 5 años, hasta el 1 de enero 2020”, explican otras fuentes jurídicas consultadas.

Muchos negocios, por su antigüedad, están situados en el centro de Ponferrada, pero sólo los de hostelería podrían sostener una fuerte subida de renta. “Esta claro que vendiendo bolígrafos no puedo mantener la renta que me piden”, dice una de las comerciantes. Pero la Ley tiene sus vericuetos: en el caso de los particulares, es decir, cuando es un individuo quien firmó el alquiler y no una persona jurídica, la renta antigua se extinguirá cuando se jubile o bien cuando fallezca, salvo que se subrogue a su cónyuge y continúe la misma actividad desarrollada en el local. Aunque hay excepciones, porque si subrogó el contrato a uno de sus descendientes la fecha de extinción del mismo es el 31 de diciembre de 2014, mientras que si el contrato se traspasó a un tercero entre 1984 y 1994 el plazo se incrementa entonces en 5 años, hasta el 1 de enero de 2020.