Montserrat González, la autora confesa del asesinato de la que fuera presidenta de la Diputación de León, Isabel Carraco, y su hija Triana Martínez, serán trasladadas en los próximos días desde la prisión de Villahierro, en Mansilla de las Mulas (León) donde permanecen internas desde su detención en mayo de 2014, a la cárcel de Villanubla, en Valladolid.
Por el momento parece que no hay una fecha definitiva para que el traslado pueda materializase, aunque si bien se maneja que pueda ser el próximo martes, el miércoles e incluso adelantarse al sábado de esta misma semana. Todo indica a que el mal comportamiento de las internas, que han generado numerosas críticas por parte del personal, a lo que hay que sumar el conflicto generado por el propio caso y su repercusión mediática, podrían ser las principales causas para llevar a cabo este traslado.
Ambas internas ya habían manifestado su intención de pedir un traslado una vez que se conociera la sentencia por un caso por el que fueron juzgadas a principios de este año en la Audiencia Provincial de León al reconocer que se sentían “maltratadas”. Según estas mismas fuentes, entre sus planes no estaba ingresar en ninguna prisión de Castilla y León, sino que solicitaron su traslado a la prisión de Villabona, en Asturias, o a la de Nanclares de Oca, en Álava.
Sin embargo, la revisión de la causa por parte del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León obliga a que el traslado sea dentro de la Comunidad, y aunque la prisión de Villanubla no cuenta con un módulo exclusivo para mujeres, sí que tiene un pequeño departamento en el que hay menos de una treintena de internas.
El juez condenó el pasado 10 de marzo a una pena de 22 años de cárcel a Montserrat González y de 20 para su hija, Triana Martínez. El juez consideró que la primera era autora de un delito de asesinato en concurrencia con atentado a la autoridad, agravado por el uso de arma de fuego y con el agravante de disfraz y la atenuante de reparación parcial del daño, a la pena de 19 años de cárcel con abono del tiempo que ha pasado en situación de prisión provisional, accesoria de inhabilitación absoluta durante el tiempo de condena. A esta condena hay que sumar tres años más por el delito agravado de tenencia ilícita de armas.
En el caso de Triana Martínez, el juez la condenó como cooperadora necesaria de un delito de asesinato, con la circunstancia de alevosía con la concurrencia con atentado a la autoridad, agravado por el uso de arma de fuego, el agravante de disfraz y el atenuante de reparación parcial del daño, a la pena de 17 años y medio, con abono del tiempo pasado en prisión provisional, y a una pena de dos años y medio de prisión por el delito de tenencia ilícita de armas.