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La sentencia contra la red de calor hace “interpretaciones discutibles”, según la Junta

Afirman que la respetan pero no la comparten por lo que "será estudiado su posible recurso por los servicios jurídicos correspondientes sobre la base de esa cuestionable interpretación"
red de calor
Central de biomasa de la red de calor de Ponferrada en Compostilla. / QUINITO

El proyecto de Red de Calor con biomasa de Ponferrada constituye una apuesta clara de la ciudad de Ponferrada y la Junta de Castilla y León “por la eficiencia energética, el ahorro, la utilización del recurso autóctono de la biomasa, y una acción decidida en la lucha contra el cambio climático y por la mejora del medio ambiente”, según manifiesta la Consejería de Fomento y Medio Ambiente en una nota de prensa.

Así, la Junta opina que “la sentencia 71/2020 dictada por el Juzgado de lo Contencioso nº 1 de León no pone en entredicho ninguno de estos aspectos, ya que la tramitación que se ha seguido para este proyecto ha observado cada uno de los requisitos que consigna la legislación aplicable, tanto comunicaciones sectoriales, como exposiciones públicas en cada trámite requerido así como la  cumplimentación de todos los aspectos técnicos; la transparencia ha sido absoluta y el cumplimiento de la normativa medioambiental escrupuloso hasta el punto de exigir a la instalación mayores medidas de las legalmente exigidas”.

“Se trata, por tanto, de un proyecto de ciudad, que tras la adquisición de la parcela a PONGESUR por parte de la entidad pública Somacyl, ha tenido el amparo legal de una licencia urbanística tramitada y aprobada por el Ayuntamiento de Ponferrada conforme a la Ley y Reglamento Urbanístico de Castilla y León, que entiende idóneo el emplazamiento designado dentro del Plan Parcial Parque de la Juventud”, expresa.

Según la Fomento y Medio Ambiente, la sentencia realiza una interpretación de determinadas figuras y conceptos técnico-urbanísticos que es discutible. “Se trata de una interpretación de si lo construido es un equipamiento o una instalación industrial, y si puede estar o no amparada por una autorización de uso provisional, en espera de que el Ayuntamiento desarrolle el Plan Parcial “Parque de la Juventud”. En ese debate jurídico se centrará la actuación jurídica respecto a la misma”, añade.

Asimismo, recuerda que la sentencia dictada no es firme, y por lo tanto no es un pronunciamiento definitivo de la Justicia. “Una sentencia que se respeta pero que no se comparte y que, por tanto, será estudiado su posible recurso por los servicios jurídicos correspondientes sobre la base de esa cuestionable interpretación”, apostillan desde la Consejería.

Al margen del posible recurso, si algún aspecto de carácter técnico-urbanístico puede ser subsanado y la licencia en precario, tan común en infraestructuras y dotaciones energéticas sobre suelos en desarrollo, debe asumir otra forma, “no cabe duda que las instancias pertinentes adoptarán las medidas y acciones oportunas para la plena efectividad de este proyecto de modernidad, sostenibilidad y economía para la ciudad de Ponferrada”, concluyen.