Miriam Badiola La sentencia del juzgazo de lo contencioso-administrativo número 3 de León que anula el presupuesto del Ayuntamiento de Ponferrada del año 2015 sienta precedente en el marco de Castilla y León para regular la relación que debe establecerse entre Ayuntamietnos y Juntas Vecinales al señalar que cuentan con “fines comunes que hacenque deban primar la colaboración y lealtad institucional” entre ellos, según señaló el el secretario general de la Federación Leonesa de Entidades Locales Menores, Carlos González-Antón. En este sentido, señaló que se trata de una sentencia “pionera y piloto” que obliga al Ayuntamiento de Ponferrada a cumplir la ley de régimen local de Castilla y León, ya que “generalmente no se respeta el derecho de los alcaldes pedáneos a asistir a los plenos en los que los ayuntamientos debaten asuntos que afectan a las juntas vecinales”.
Las consecuencias de esta sentencia son aplicables a todos los ayuntamientos con juntas vecinales de la comunidad autónoma y establecen la obligación de convocar a pleno y enviar la documentación necesaria a los alcaldes pedáneos de las juntas vecinales, así como a ser tratados “como si fuera un concejal sin voto, no un ciudadano más”, dijo.
González-Antón señaló que el Ayuntamiento de Ponferrada no convocó a los alcaldes pedáneos para el pleno de aprobación de los presupuestos de manera “meditada”, por lo que ahora se exigirá que se vuelvan a aprobar dichas cuentas y que la parte destinada para las 17 juntas vecinales pertenecientes a la capital berciana se modifique según las alegaciones que hagan los alcaldes pedáneos.