PREMIOS MUJER 2024

La Junta regula la organización y funcionamiento de la Comisión de Convenios Colectivos de Castilla y León

La lista de árbitros estará integrada por nueve miembros que no podrán percibir más de 4.000 euros al año

La Junta ha regulado en una orden el régimen de organización y funcionamiento interno de la Comisión de Convenios Colectivos de Castilla y León. Se crea en el seno del Consejo Regional de Trabajo como órgano de asesoramiento y consulta especializado en materia de negociación colectiva que ejercerá las funciones de intervención en los procedimientos de solución de discrepancias surgidas por falta de acuerdo en los procedimientos de inaplicación de condiciones de trabajo en el convenio colectivo de aplicación, según publica en su edición de hoy Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl).

Asimismo, las funciones que se le asignan a la Comisión de Convenios Colectivos de Castilla y León son consultivas en orden al planteamiento y determinación del ámbito funcional de los convenios colectivos y en el procedimiento de extensión de un convenio colectivo, y de intervención en los procedimientos de solución de discrepancias en los casos de desacuerdo para la inaplicación de las condiciones de trabajo establecidas en el convenio colectivo.

Además se faculta al titular de la Consejería con competencia en materia de relaciones laborales a aprobar las normas de funcionamiento interno de la Comisión de Convenios Colectivos de Castilla y León. Además, la solución de conflictos podrá resolverse mediante la intervención de un árbitro. La lista de mediadores estará integrada por nueve miembros. En ningún caso se podrá superar el tope de 4.000 euros percibidos por cada uno al año.