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La Junta prevé agrupar al alumnado con necesidades específicas y crear módulos de refuerzo en la FP Básica

Los alumnos con algún tipo de discapacidad intelectual tendrán el doble de cursos para completar su formación
Alumnos del centro integrado de FP Juan de Herrera. (Foto: Diego de Miguel)

La Junta de Castilla y León prevé agrupar al alumnado con necesidades específicas y crear módulos de refuerzo de la Formación Profesional Básica, tal y como recoge el borrador de la orden por la que se determinan medidas para la atención educativa del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo que curse FP Básica y al que ha tenido acceso Ical.

El borrador de la citada orden trata de adaptar al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo a la FP Básica, de forma que se garantice el acceso, la permanencia y la progresión de este alumnado en el sistema educativo. Se tratará, además, de que el alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo, incluyendo las derivadas de discapacidad, se escolarizará en FP Básica en centros ordinarios siempre que esta medida favorezca su inclusión y sea posible su atención con los medios y recursos de dichos centros.

En este sentido, el borrador de la orden recuerda que este alumnado se escolarizará en centros ordinarios, siempre que esta medida favorezca su inclusión y sea posible su atención con los medios y recursos de los centros.

Para que se produzca una atención correcta, la Junta plantea la reducción del número máximo de alumnos en cada grupo en el proceso de admisión de alumnos, así como el agrupamiento de los estudiantes que requieran una atención educativa especial derivada de la discapacidad, a través de la configuración de grupos específicos en centros ordinarios después de ser escolarizados. En estos casos, el programa formativo será común al de los grupos ordinarios en lo referente a los módulos a cursar y competencias y resultados de aprendizaje que se deben alcanzar.

Asimismo, establece que en los grupos que requieran una atención educativa especial, derivada de la discapacidad intelectual del alumnado, se lleve a cabo una programación secuencial del desarrollo del contenido formativo del ciclo de FP Básica para que el alumno pueda cursarlo y superarlo en un máximo de cuatro cursos académicos, con el fin de poder alcanzar los resultados de aprendizaje definidos.

Del mismo modo, se plantea la configuración de subgrupos dentro del mismo grupo de primer curso, según el Decreto 22/2014, de 12 de junio por el que se regulan aspectos de la FP Básica y que determina que aquellos alumnos que no hayan promocionado a segundo curso pero que hubieran superado el 50 por ciento de los módulos profesionales de primero podrán matricularse de módulos de segundo hasta completar su horario lectivo previo informe favorable del equipo docente. De esta forma podrán coexistir en el primer curso del ciclo formativo un subgrupo de alumnado cursando contenidos de módulos de primero y segundo curso y otro cursando sólo contenidos de módulos de primer curso.

La orden también plantea la ampliación del horario escolar o del lectivo de los módulos profesionales, así como el número de horas de Formación en el Centro de Trabajo, hasta la completa adquisición de las competencias profesionales y se establecen apoyos o desdobles en módulos concretos para facilitar una atención más individualizada, siempre y cuando el centro cuente con recursos para tomar esta medida.

Ampliación de horas

En este sentido, se plantea ampliar el número de horas del módulo Formación el Centro de Trabajo y seguimiento del mismo a través de programa formativo que será individualizado para cada alumno. El programa deberá recoger las actividades formativas que permitan completar las competencias profesionales y obtener los resultados de aprendizaje y criterios de evaluación establecidos en el currículo del título correspondiente.

También prevé la puesta en marcha de medidas de refuerzo a través de módulos optativos ofertados por el centro, relacionados, por ejemplo, con la formación y orientación laboral, la prevención de riesgos laborales, el desarrollo de estrategias de emprendimiento, la tecnología de la información y la comunicación, las actividades físicas y deportivas, el aprendizaje musical o la preservación y cuidado del medio ambiente.

Medidas metodológicas

Del mismo modo, el borrador de orden prevé otro tipo de medidas metodológicas como la integración de los contenidos de distintos módulos formativos, utilizando proyectos o retos, así como la adaptación de las actividades lectivas y de la evaluación para módulos de comunicación y sociales a aquellos alumnos que presenten dificultades en su expresión oral.

También se harán actividades dirigidas a la simulación de situaciones reales que potencien el desarrollo de la autonomía, la iniciativa personal y el trabajo en equipo y se prevé el fraccionamiento del contenido curricular y la adecuación de los contenidos procedimentales y técnicas de trabajo que faciliten las habilidades manuales, al tiempo que también se adaptarán los criterios de evaluación.

Para este tipo de alumnos, el tutor tendrá que elaborar un plan personalizado, en el que se deben recoger las medidas a las que se podrá acoger el alumno, entre ellas, la división de los módulos en cuatro años, en lugar de los dos que establece la ley.