PREMIOS MUJER 2024

Sancionado con 1.000 euros el descubridor de los restos medievales de La Válgoma

La Ley de Patrimonio establece que cualquier excavación arqueológica necesitará la autorización previa y expresa de la Consejería y que deberá ser realizada por profesionales cualificados siguiendo los protocolos establecidos

EBD La Delegación de la Junta entiende que la actuación de Alfonso Gómez, un aficionado a la historia y a la arqueología, que desenterró con una retroexcavadora restos del cementerio, del cual sospechaba su existencia, no constituyó un expolio ni estuvo motivada por el ánimo de lucro, por lo que se le ha impuesto una multa menor, dado que este tipo de infracción puede llegar a sancionarse con 150.000 euros.

Ahora, Alfonso González, una vez que reciba la notificación oficialmente, puede presentar un recurso contra la sanción, que resolverá la Consejería de Cultura, y una vez agotada la vía administrativa, tendría derecho a presentar un recurso contencioso ante la Justicia.

La Ley de Patrimonio establece que para la realización de cualquier excavación arqueológica será siempre necesaria autorización previa y expresa de la Consejería competente en materia de cultura. Además, las excavaciones no podrán ser realizadas por particulares, sino por empresas o profesionales, con la cualificación profesional requerida en cada caso, y siempre a instancias de las administraciones competentes. Además, las excavaciones deben seguir un protocolo de actuación previamente establecido, pues de lo contrario se pueden dañar los restos enterrados.