M.A La Junta de Castilla y León ha resuelto el informe de evaluación medio ambiental como “desfavorable” para la explotación de calizas en Peña de Riego (Las Médulas, Carucedo) por parte de Canteras Industriales del Bierzo S.A. (Catisa). La Consejería de Medio Ambiente entiende que no son compatibles las actividades desarrolladas en la cantera con la valorización de la Zona Arqueológica de Las Médulas, Patrimonio de la Humanidad.
El organismo regional afirma que el proyecto no asegura la ausencia de afecciones al dominio público hidráulico, concretamente al arroyo del Balén, al embalse de Peñarrubia y al río Sil, ni a las aguas subterráneas del acuífero de las Calizas de Aquiana. Asímismo, dicen haber constatado la existencia de vertidos no autorizados al embalse Peñarrubia procedentes de las actividades de la cantera que provocan daños a la calidad de las aguas, la colmatación del embalse y la consiguiente afección a los ecosistemas acuáticos.
También se argumenta que la explotación afecta a los ecosistemas acuáticos asociados al arroyo del Balén, incluido en los lugares Red Natura 2000 LIC (Lugar de Interés Comunitario) Montes Aquilanos y Sierra de Teleno y ZEPA (Zona de Especial Protección para las Aves) Montes Aquilanos y que ocasiona importantes procesos de degradación por destrucción de la vegetación, vertidos directos, arrastres de las erosiones y existencia de zonas de depósitos.
Una cantera de 1968
La cantera de calizas “Peña de Riego” data de 1968 cuando la empresa explotadora era Caleras Bercianas, S.L. Se trata de una mina con una producción anual calculada en 500.000 Toneladas, lo que asegura suministros para 30 años más. El yacimiento tiene un aprovechamiento medio del 92,2 por ciento según el informe, pero por el lugar donde se emplaza, es una actividad muy digna de controversia.
En 2009, el Ayuntamiento de Carucedo otorgó licencia ambiental a Catisa para la actividad de extracción de piedra caliza pero fue anulada por la sentencia de 30 de marzo de 2011, por el Juzgado Contencioso Administrativo y ratificada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León mediante la sentencia de 30 de mayo de 2012.
En dicha sentencia se obliga al “sometimiento a evaluación de impacto ambiental, por la necesidad de adaptación de la primitiva explotación a la normativa comunitaria y a las normas de transposición, y por la aplicación de las normas sobre evaluación de impacto ambiental en el momento en que se producen variaciones sustanciales en la explotación, que la exigirían por razón de localización y de la naturaleza de la actividad.»
Con la Declaración de Impacto Ambiental emitida ahora por la Consejería se da fin a un duro debate abierto desde hace más de una década y que no permitirá extracciones en el paraje emblemático de las antiguas minas de extracción romana.