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La Junta alega ante el Supremo que priorizó la protección a la vida con el adelanto del toque de queda

Fernández Mañueco defiende que “era y es una medida necesaria” y subraya que desde su entrada en vigor se han reducido un 11% los contagios
Castilla y León
Alfonso Fernández Mañueco / L. Pérez

La Junta de Castilla y León priorizó el derecho a la vida con el acuerdo del adelanto del toque de queda en la Comunidad, que entiende como necesario y que desde su aplicación ha permitido reducir un once por ciento los contagios. El presidente de la Junta, Fernández Mañueco, presentó este miércoles en rueda de prensa las alegaciones ante el Tribunal Supremo al recurso del Gobierno contra esta decisión que, como autoridad, firmó el pasado 15 de enero, y que adelantó el toque de queda en la Comunidad de las 22 a las 20 horas.

“El toque de queda era, es y seguirá siendo necesario”, defendió Fernández Mañueco en su comparecencia, en la que se mostró convencido de la decisión que adoptó para proteger la vida y hacer el menor daño a la economía, aunque afirmó que, si fuera tumbado por el alto tribunal, la Junta cumplirá “de inmediato la decisión”, si bien se mostró confiado en que se les dé la razón.

Subrayó el presidente que los contagios se multiplicaron por diez en la primera quincena de enero y que adoptó esa medida para frenar la expansión de la transmisión y después de escuchar a los expertos, a los consejeros, a las fuerzas políticas, alcaldes, presidentes de diputaciones, Federación Regional de Municipios y Provincias (FRMP)y sectores económicos.

“Es una medida lógica, justa y equilibrada que ha tenido el compromiso y el respaldo de los vecinos de Castilla y León”, aseguró Fernández Mañueco, que defendió un “acuerdo impecable” sustentado en razones sanitarias, epidemiológicas, sociales y jurídicas, ya que consideró que se ajusta a derecho y es una medida que podía tomar en base a las competencias otorgadas en la prórroga del estado de alarma del pasado mes de noviembre.

El presidente sostuvo que la forma de actuar del Gobierno “ha consolidado” esta medida porque, tras la comunicación al Gobierno, no se ha recibido ninguna respuesta formal, ni han pedido aclaraciones, o fundamentaciones jurídicas o sanitarias. A ello, unió que podía haber utilizado la vía política del acuerdo en el marco del Consejo Interterritorial de Salud o el requerimiento potestativo contencioso administrativo para que se anulase el acuerdo.

Sin embargo, indicó que el Gobierno ha acudido a la vía judicial, si bien añadió que “es curioso” porque no utiliza las medidas cautelarísimas para pedir la suspensión inmediata del adelanto de toque de queda.

“Si el Gobierno cree que se vulneraban derechos fundamentales, no entiendo no entiendo por qué no se ha ido por esa vía”, argumentó el presidente, que dudó de la legalidad de que el Gobierno recurra un acuerdo que consideró como suyo ya que él firma en función de competencias delegadas por el Ejecutivo central.

Elementos de las alegaciones

Las alegaciones, para defender que el acuerdo del presidente de la Junta se asienta en la legalidad y en que el derecho a la vida inspira el ordenamiento jurídico constitucional y permite el disfrute de otros derechos, se asientan en un juicio de idoneidad porque al limitar la movilidad y los contactos se frena la pandemia.

También, en el juicio de necesidad tanto por ser urgente para la salud pública como que no existen otras medidas más moderadas para lograr con igual eficacia reducir los contagios; y el juicio de proporcionalidad porque conlleva más beneficios para la protección de la vida y evitar mayores daños a terceros.

Frente a la invocación del Gobierno del interés general y la libertad de circulación de los ciudadanos que ve reducida en dos horas la movilidad, insistió en que tomó su decisión y dio prioridad a la protección de la vida y de la salud y la integridad física de las personas.

Fernández Mañueco apuntó, como se recoge en el acuerdo de 15 de enero, que los artículos 9 y 10 del Real-Decreto de prórroga del estado de alarma incluyó, lo que no hacía el anterior, la posibilidad de modular o flexibilizar el horario nocturno de movilidad, a lo que unió la disposición transitoria única, a la que no se refiere el Gobierno, que calificó de “esencial” porque señala que el toque de queda solo tendrá eficacia mientras la autoridad competente delegada no lo cambie a través de esa modulación, flexibilización o suspensión con el único límite de que se circunscriba al horario nocturno.

Tras insistir en que su aplicación ha mejorado los datos epidemiológicos de la pandemia, aseguró que es una “medida lógica, correcta y equilibrada”, cuando se le preguntó que otras comunidades también están bajando su incidencia sin haber acudido a un adelanto del toque de queda.

En el mismo sentido, respecto de que diez comunidades estén a favor pero no hayan adoptado esa vía, Fernández Mañueco expresó “el respeto profundo” a las decisiones de los presidentes y presidentas autonómicas en función de los datos sanitarios y epidemiológicos de sus territorios y en la “mejor forma de proteger” a sus habitantes.

“Mi responsabilidad es proteger la vida y la salud de las personas de Castilla y León haciendo el menor daño posible a la economía. Esa es mi responsabilidad y en esa responsabilidad, desde luego, he tomado estas decisiones”, respondió en relación a sí habrá alguna responsabilidad si el Supremo tumba el acuerdo de toque de queda.

Según explicó, el Supremo tendrá que decidir si el acuerdo es un acto eficaz y se mantiene el adelanto del toque de queda o por el contrario determina que se deben suspenden los efectos, ya que, como indicó, no entra en el fondo del asunto y la cuestión jurídica. Así, insistió en si el Gobierno está legitimado para recurrir cuando su decisión como autoridad delegada es un acto propio del Gobierno de España.

Por último, reiteró que su “sentimiento” cuando tomó la decisión era salvar el mayor número de vidas y proteger el sistema hospitalario que “estaba abocado a un absoluto colapso” y hacer el menor daño a la economía. “Volvería hacerlo”, concluyó.

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