Un auto demoledor del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de León —al que ha tenido acceso BierzoDiario— desmonta los argumentos de los técnicos municipales y deja sentado que el cumplimiento de la sentencia que anuló el pleno del Sábado Santo de 2013 debe incluir inexcusablemente la devolución de los salarios aprobados en esa sesión. El juzgado otorga dos meses de plazo al Ayuntamiento para ejecutar la sentencia “en sus propios términos” y hace responsables directos de su cumplimiento a la alcaldesa, la secretaria y el tesorero. SEGUIR LEYENDO EN BIERZODIARIO
El Pleno del Sábado Santo
El pleno conocido como del ‘Sábado Santo’, por celebrarse ese día de la Semana Santa, fue objeto de un recurso de reposición del entonces grupo municipal del PP, que pidió su anulación y la de los acuerdos adoptados en el mismo, como la aprobación de los sueldos, al considerar que vulneró la legalidad vigente, ya que la baja de los concejales ex socialistas, encabezados por Samuel Folgueral, -luego no adscritos y equipo de gobierno con IAP- todavía no se había comunicado a la Secretaría en la fecha de celebración del Pleno. Asimismo, este grupo consideraba que el Pleno, a pesar de ser calificado como urgente, realmente no lo era, y que la forma en la que fue convocado -dos días antes festivos- causó indefensión en el PP pues algunos concejales no pudieron asistir.