Imagen de archivo de las instalaciones de Azucarera en La Bañeza durante una visita del presidente de la Junta de Castilla y León en mayo de 2020. / Ical
El real decreto del Gobierno decreta la obligatoriedad en todo el territorio entre las once y seis de la mañana pero concede a las comunidades poder modular adelantando o retrasando una hora
Las comunidades podrán limitar las entradas y salidas en sus territorios y adelantar el horario de las restricciones a las 22 horas, tal y como ocurre en Castilla y León