El juzgado de Primera Instancia número 1 de Ponferrada ha condenado al Banco Santander a indemnizar a una empresa berciana la cantidad de 66.218 euros por daños y perjuicios en la compra de acciones del Popular, al entender que las cuentas de esta entidad en 2016 no reflejaban la imagen de la empresa.
De este modo, la sentencia considera que “la compra efectuada por la parte actora estuvo de forma decisiva influida por la apariencia de solvencia que el Banco Popular ofrecía a través de los folletos de las sucesivas emisiones, como por las cuentas anuales y las comunicaciones oficiales y publicitarias que ponían a disposición de los inversores”. La jueza refuerza este planteamiento con la declaración del representante legal de la empresa, que reiteró que la compra se produjo basada en la buena imagen que sus padres tenían del banco, una imagen que “no se correspondía con la realidad y que distaba de la imagen fiel de la entidad. Y fue esa imagen irreal, propiciada por el Banco Popular la que indujo a la adquisición de las acciones“, reitera la sentencia.
Desde Vallverdú Abogados apuntan que tras esta sentencia y otras anteriores, “ya es un hecho consolidado que Banco Popular no reflejó su imagen fiel en las cuentas del año 2016 y con más frecuencia se está asentando jurisprudencialmente que la entidad resuelta arrastraba una situación financiera alejada de la realidad al menos desde el año 2012, tal como acreditamos en la práctica de la prueba”.