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El uso de mascarillas será obligatorio desde este jueves para personas de 6 años en adelante

Se podrá utilizar cualquier tipo, preferentemente higiénicas y quirúrgicas, que cubran nariz y boca
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Una mujer camina con mascarilla en Ponferrada durante la pandemia. / QUINITO

El Ministerio de Sanidad dicta que a partir de este jueves sea de uso obligatorio cualquier tipo de mascarilla en personas de seis años en adelante “en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público”, siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad de al menos dos metros. Además, recomienda su utilización para la población infantil de entre tres y cinco años.

Así se ha establecido este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE), donde se excepciona de esta obligación a aquellas personas que presenten “algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse agravada por la utilización de la mascarilla y a aquellas cuyo uso se encuentre contraindicado por motivos de salud o que por su situación de discapacidad o dependencia presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización”.

Asimismo, su uso no será exigible “en el desarrollo de actividades que resulten incompatibles, tales como la ingesta de alimentos y bebidas, así como en circunstancias en las que exista una causa de fuerza mayor o situación de necesidad”.

Además, el Ministerio de Sanidad pide que se utilice “cualquier tipo de mascarilla”, aunque señala “preferentemente higiénicas y quirúrgicas, que cubran nariz y boca”.

A través del BOE, el Gobierno justifica también su cambio de criterio en que “la evolución de la crisis sanitaria, que se desarrolla en el marco del estado de alarma, obliga a adaptar y concretar de manera continua las medidas adoptadas, para asegurar la eficiencia en la gestión de la crisis”.

Por eso, explica, que “en este marco, y ante la alta transmisibilidad del SARS-CoV2, especialmente en las fases iniciales de la enfermedad y en las personas asintomáticas, se hace preciso dictar una orden para regular el uso de las mascarillas, estableciendo los casos y supuestos en los que su utilización será obligatoria, sin perjuicio de las recomendaciones previstas por las autoridades sanitarias en el resto de casos”.

También indica ahora que “el uso generalizado de mascarillas por parte de la población general para reducir la transmisión comunitaria del SARS-CoV2 está justificado no sólo por su alta transmisibilidad, sino también por la capacidad que han demostrado las mascarillas para bloquear la emisión de gotas infectadas, muy importante cuando no es posible mantener la distancia de seguridad”.

Asimismo, hace hincapié en que es “necesario seguir un principio de precaución que permita continuar por la senda de la reducción de los casos de contagio” en España, sobre todo cuando no se dispone de otras medidas como la vacunación.