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El Procurador del Común reclama prohibir “terminantemente” el criterio de edad para tratar a pacientes con Covid-19

Quintana pide a Sanidad “instrucciones oportunas” y “documentadas” a los facultativos, en caso de escasez de medios, para evitar cualquier tipo de discriminación
Imagen de un respirador.

El Procurador del Común, Tomás Quintana López, emitió una resolución reclamando que se “proscriba clara y terminantemente” la posibilidad de acudir “en exclusiva” al criterio de la edad del paciente, antes de acceder al sistema sanitario y dentro del mismo optar a los recursos, tras la queja presentada por la familia de una mujer segoviana mayor de 75 años, fallecida por Covid-19, al considerar que sólo por su edad, se le denegó el acceso a la UCI y a disponer de un respirador.

En su resolución, Quintana señaló que, por parte de la Consejería de Sanidad, con el fin de evitar situaciones como la planteada por los familiares de esta segoviana, “se impartan las instrucciones oportunas” para que la adopción de medidas, en el acceso de los pacientes a los recursos sanitarios en esta situación de pandemia, se encuentren “debidamente fundamentadas, documentadas y expresadas” en la Historia Clínica Informatizada de cada paciente.

En segundo lugar, el Procurador del Común reclamó que se impartan “instrucciones claras, precisas y homogéneas” sobre los criterios de priorización, en caso de escasez o medios materiales o de espacios disponibles, para evitar que, mientras siga la pandemia, tengan que ser los facultativos los que “deban de asumir la responsabilidad de limitar el acceso a los recursos sanitarios”, en la forma expresada en el Informe del Ministerio de Sanidad sobre los aspectos éticos en situaciones relacionadas con el SARS-CoV-2.

Tomás Quintana destacó, en el punto cuarto de su resolución, que en el caso de existir escasez de medios sanitarios para hacer frente a una situación individual y se tenga que acudir a criterios de priorización, por ejemplo en el acceso a camas en Unidades UCI o para contar con un respirador, se impartan instrucciones para que “se documenten de forma adecuada y rigurosa los fundamentos de las decisiones que adopten, evitando “cualquier tipo de discriminación por razón de edad u otras circunstancias personales o sociales”.

La resolución del Procurador del Común, publicada en su página web, se la harán llegar a la Consejería de Sanidad, para que les comunique, en el plazo de dos meses y de forma motivada, la la aceptación o no de la resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19.2 de la Ley Reguladora de la Institución.

Antecedentes

La familia de una paciente de Segovia fallecida por Covid-19 presentó ante el Procurador del Común una queja porque “presuntamente” se había denegado el acceso a la UCI y a disponer de un ‘respirador’ únicamente por razón de su edad, por ser mayor de 75 años.

Desde la Consejería de Sanidad se negó la cuestión planteada por la familia, exponiendo que “las razones de la denegación de acceso así como del traslado a otro centro hospitalario, no tienen su origen en la edad”. Además de explicar que no existe ningún protocolo, ni en el Hospital de Segovia ni en ningún otro dependiente de Sacyl, que establezca este tipo de limitaciones sino que tienen otros fundamentos basados en las instrucciones de los Comités de Bioética tanto nacional como autonómico.

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