El letrado que representa a Monserrat González y Triana Martínez reclamó hoy, tras conocer el veredicto de culpabilidad por los tres delitos que se les atribuían a madre e hija, la libertad condicional para ésta, al considerar que en el pronunciamiento del jurado popular existe una “contradicción evidente” porque figura como hora de comisión del delito las 17.17 horas del día 12 de mayo de 2014 y no las 17.15 que aparecen en los registros oficiales.
Por otro lado, solicita la mínima pena posible para la autora material de los hechos, con una condena de 17 años y seis meses por los delitos de asesinato y atentado y dos años por tenencia ilícita de armas. Espera además que el agravante de disfraz, que el jurado dio por probado, se pueda compensar con el atenuante de reparación de daños, dado que madre e hija han dispuesto ya una cantidad de 77.000 euros para compensar los daños a las víctimas. José Ramón García interpondrá los correspondientes recursos una vez que se dicte sentencia.
Por su parte, el fiscal solicita tanto para Monserrat González, como para Triana Martínez, 19 años de prisión para el delito de asesinato en concurso con el de atentado y prohibición de acercarse durante 25 años a la hija y el novio de la víctima. Reclama además que cada una de ellas aporte una indemnización de 75.000 euros para ambos.
Todas las acusaciones particulares -la ejercida por la hija, por su pareja y el Partido Popular- se sumaron a esas peticiones con el matiz de que el letrado que representa a la formación política reclama para la organización una indemnización de 100.000 euros.
En lo que atañe a la policía local Raquel Gago, el fiscal plantea por el delito de asesinato y concurso con el de atentado contra la autoridad 12 años de prisión, además de inhabilitación absoluta y la prohibición de acercarse durante 20 años a la hija y el novio de Carrasco. Reclama además una indemnización de 75.000 euros para ambos.
Por su parte, el abogado que representa a Raquel Gago anunció que presentará recurso y, después de conocerse el veredicto del jurado, planteó para su defendida una pena de ocho años por el delito de asesinato en concurso con el de atentado y dos más por la tenencia ilícita de armas. Al contrario que las acusaciones, considera que sí procede aplicar a su clienta la suspensión de la condena mientras se resuelven los recursos “porque ha demostrado que no hay riesgo de fuga y de destrucción de pruebas y hay circunstancias suficientes que avalan esa petición”.
Después de escuchar a las partes, el magistrado presidente del tribunal, Carlos Álvarez, declaró el juicio visto para sentencia.