El que fuera vicepresidente de la Junta de Castilla y León, Jesús Merino, ha sido condenado por la Audiencia Nacional a una pena de tres años y siete meses de prisión por las ramificaciones del ‘caso Gürtel’ en Castilla y León y por tres delitos diferentes. Según la sentencia conocida este jueves, Merino ha sido condenado a una multa de 12.000 por un delito de cohecho, a una pena de un año y nueve meses, más una multa de 216.258 euros, por otro de blanqueo de capital, y a un año y diez meses de cárcel por otro de falsedad continuada en documento mercantil.
En total la Audiencia ha condenado a 351 años de cárcel a 29 de los 37 acusados en el juicio por la primera época del ‘caso Gürtel’. El extesorero del PP Luis Bárcenas ha resultado condenado a 33 años de prisión y 44 millones de multa junto a su mujer, Rosalía Iglesias, condenada a 15 años. El exalcalde Guillermo Ortega es condenado a 38 años de prisión, Alberto López Viejo a 31 años y Jesús Sepúlveda a 14.
Entre los 37 acusados hay ocho absueltos, entre ellos el exresponsable de la red en Valencia Álvaro Pérez `El Bigotes´. Para Francisco Correa, el líder de la red, el tribunal establece 51 años de prisión y para su ‘mano derecha’, Pablo Crespo, 37 años y medio.
Según la sentencia, es el PP nacional el responsable de la financiación irregular. En esa línea, la sentencia condena al PP, a Ana Mato y a Gema Matamoros como partícipes a título lucrativo. La resolución incluye un voto particular del magistrado y presidente del tribunal, Ángel Hurtado, que propone la absolución del PP y de cuatro acusados.
La Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional dice en su sentencia que la sola lectura de los hechos identifica una importante cantidad de actuaciones prevaricadoras que se manifiestan “de cuantas maneras son imaginables para violentar los procedimientos de contratación”.
Entre esos métodos, “los fraccionamientos o la contribución en la elaboración de los pliegos de prescripciones, o la preselección de empresas, son, por solo traer aquí algún ejemplo de lo que hemos relatado en la parte fáctica de la presente sentencia, una muestra clara de torcimiento del derecho, característico de la prevaricación, que, además, tiene por finalidad detraer de los caudales públicos que tienen bajo su custodia los acusados, y de la que han de ser garantes, cantidades que sustraen para beneficio propio con merma para las arcas municipales”.
Los jueces concluyen que la operativa de los acusados se convirtió en un mecanismo generalizado de emitir facturas que no respondían a servicios reales o infladas, pese a lo cual se abonaban con cargo a los fondos públicos municipales.
Recurso
Tras conocerse la sentencia, el Partido Popular anunció que recurrirá en lo que respecta a su responsabilidad civil y dice no compartir el contenido de esta resolución judicial. A través de un comunicado, los ‘populares’ responden así a la sentencia de la Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional que considera probada la existencia de la ‘caja B’ de PP que se benefició de “un sistema de corrupción institucional”.
El PP manifiesta su respeto a los tribunales y sus resoluciones judiciales, pero, en este caso, remarca, “no comparte su contenido”. El partido que lidera Mariano Rajoy dice en este comunicado que “en ningún momento” la formación ha estado imputada ni procesada.“Estamos hablando de una responsabilidad civil, que jurídicamente se conoce como ‘partícipe a título lucrativo’ y que implica obligatoriamente, según el artículo 122 del Código Penal, al desconocimiento de los hechos”, argumentaron los ‘populares’.
Citan el artículo 122 del Código Penal, según el cual “el que por título lucrativo hubiere participado de los efectos de un delito o falta, está obligado a la restitución de la cosa o al resarcimiento del daño hasta la cuantía de su participación”.
Asimismo, el PP reseña que a nivel nacional “no puede conocer los gastos extracontables en los que incurra algún candidato a título individual”, dado que “los hechos que se han juzgado se circunscriben a las elecciones municipales de 2003 en los Ayuntamientos de Pozuelo de Alarcón y Majadahonda, dos localidades madrileñas de los más de 8.000 Ayuntamientos que hay en España”.
El PP asegura que “en ningún caso conocía los hechos” y alega que la figura de “partícipe a título lucrativo” en el proceso penal es de carácter civil y no penal, y obliga –en este caso- al PP a restituir los efectos del delito de terceras personas, en esta causa, los ex alcaldes de Pozuelo y Majadahonda.
El PP finaliza su comunicado enfatizando que “ha cumplido y cumple con su compromiso en la lucha contra la corrupción y ninguno de los condenados por este proceso está ya en el partido”. “Ningún miembro de la dirección actual o direcciones pasadas ha sido imputado en esta causa, y algunos acudieron al juicio como testigos, lo que acredita una absoluta falta de responsabilidad en los hechos juzgados”, aseguró.