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El Consejo Comarcal destina 7.500 euros a subvenciones para servicios sociales

La institución podrá asignar la totalidad de la cantidad presupuestada a las seis entidades que presenten los mejores proyectos
Sede del Consejo Comarcal. / N. Fernández

El Consejo Comarcal del Bierzo destinará un total de 7.500 euros a subvenciones para la realización de actividades en el área de acción social y servicios sociales, según publica la edición de este martes del Boletín Oficial de la Provincia (BOP). Podrán optar a estas ayudas las entidades privadas sin ánimo de lucro que cumplan actividades de utilidad pública o interés social relacionadas directamente con acción social o con servicios sociales y sociosanitarios en el ámbito territorial de la comarca.

En este sentido, las actividades subvencionadas deberán satisfacer una utilidad pública, un interés social o promover una finalidad pública, siempre dentro del ámbito comarcal. Así, podrán optar a las ayudas actividades que generan un bienestar colectivo o son de interés colectivo para la generalidad de ciudadanos de la comarca, así como las colaboraciones, puntuales o continuadas, en la prestación de algún servicio o en el ejercicio de alguna competencia que tenga atribuida el Consejo, siempre que el ámbito de actuación trascienda a más de un municipio o localidad.

Las entidades interesadas disponen de veinte días hábiles para presentar sus solicitudes en el Registro General del Consejo. Cada entidad no podrá presentar más de una solicitud, que tendrá que ir acompañada de una fotocopia de la tarjeta de identificación fiscal de la entidad solicitante, una fotocopia del número de inscripción en el Registro de asociaciones, una memoria resumida de actuaciones del ejercicio anterior, un certificado de una entidad bancaria donde conste un número de cuenta del que sea titular la entidad solicitante y la descripción de la actividad para la que se solicita la subvención.

Este último documento debe indicar el número de participantes, fechas y lugar de ejecución de la actividad y presupuesto detallado de la misma. Además, se deberá hacer constar si se perciben o se han solicitado otras subvenciones para la actividad propuesta, las cuales serán compatibles siempre que no sobrepasen en conjunto el total del coste de la actividad. En cualquier caso, la subvención del Consejo Comarcal no superará el 50 por ciento del presupuesto presentado.

Requisitos

Las entidades beneficiarias deben acreditar con anterioridad a la concesión de la ayuda que se hallan al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. Además, deberán someterse a las actuaciones de comprobación y control financiero, aportando cuanta información le sea requerida, así como comunicar la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas.

Tras el estudio y valoración de las solicitudes, la institución resolverá en el plazo máximo de dos meses la concesión a las diferentes entidades. Para ello, se tendrán en cuenta aspectos como el número de municipios atendidos, la cantidad de personas atendidas en cada municipio, el número total de personas beneficiarias o la antigüedad del proyecto. 

En el caso de que el número de solicitudes presentadas provocase que el importe de la subvención no fuera significativo para la finalidad pretendida, la institución comarcal podrá asignar la totalidad de la cantidad presupuestada a las seis entidades que cuenten con mayor puntuación de acuerdo con los criterios anteriores.

Una vez concedida la subvención, las entidades estarán obligadas a realizar la actividad para la que se concede la ayuda, así como conservar los documentos justificativos durante tres años, con el fin de que puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.