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CCOO y CSIF defienden el acuerdo de consolidación de empleo alcanzado en en el Ayuntamiento

Ambos sindicatos destacan que el acuerdo alcanzado "sin ser perfecto, beneficia al 90% de las secciones y departamentos, incluida la Policía Municipal"
Ayuntamiento de Ponferrada. / QUINITO

CCOO y CSIF han salido al paso de las críticas del Sindicato de Policías Municipales sobre el acuerdo alcanzado para la consolidación de empleo en el Ayuntamiento de Ponferrada. ” Después de una década, con fecha 9 de marzo de 2018, los sindicatos más representativos firmamos con el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas el II Acuerdo para la Mejora del Empleo Público y Condiciones de Trabajo, en el que se adoptaron medidas, entre otras materias, sobre la aprobación de un incremento retributivo, sobre la reanudación de los procesos de consolidación de empleo, sobre la oferta de empleo público y la carrera profesional. Pues bien, el acuerdo alcanzado en nuestro Ayuntamiento no hace otra cosa que desarrollar este II Acuerdo, en nuestro ámbito competencial”, afirman

Ambos sindicatos destacan que el acuerdo alcanzado “sin ser perfecto, beneficia al 90% de las secciones y departamentos, incluida la Policía Municipal, y no sólo como se viene diciendo en algunos casos, ‘a unas pocas o a unos pocos‘”. “Es un acuerdo que dota de una mayor racionalidad y estabilidad a la plantilla, y garantiza el derecho a la carrera profesional y promoción interna de las trabajadoras y trabajadores, derecho reconocido por el Estatuto Básico del Empleado Público, así como también por nuestra Ley de la Función Pública de Castilla y León”, indican

Asimismo, recuerdan que todas las organizaciones sindicales con representación en el Ayuntamiento, “sin excepción”, “han tenido oportunidad de ejercer su derecho a la negociación, y de hecho todas lo han ejercido, si bien, no todas con el mismo grado de implicación, dedicación y ganas”. “Eso sí, cada organización, en la Mesa de Negociación en la que la ley le reconoce legitimación negociadora, en función de los resultados obtenidos en las elecciones sindicales. En consecuencia, son los trabajadores y trabajadoras los que deciden con su voto qué organizaciones sindicales son las que deben negociar en su nombre, y en virtud de su representatividad, en qué mesas negociadoras”, apostillan.

“La promoción profesional es un derecho de las empleadas y los empleados públicos, es decir, es el conjunto ordenado de oportunidades de ascenso y expectativas de progreso profesional conforme a los principios de igualdad, mérito y capacidad. Por consiguiente, no se trata de una concesión “graciosa” con la que un trabajador o una trabajadora se pueda ver “agraciado” o “agraciada”. Muy al contrario, se deberán realizar los procesos selectivos preceptivos que garanticen los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad. Por tanto en este punto queremos aclarar que no se recogen en este documento promociones o reclasificaciones a dedo para ningún empleado/a de este Ayuntamiento”, manifiestan.