PREMIOS MUJER 2024

Castilla y León pondrá en marcha en febrero el nuevo sistema de bajas que reducirá las visitas al médico

Sanidad ultima las pruebas técnicas y forma a casi 3.000 médicos de familias sobre el nuevo modelo que prevé cuatro tipos en función de la duración
Modificaciones en el control de la incapacidad temporal.

El nuevo sistema de partes médicos en los procesos de enfermedad laboral se pondrá en marcha en Castilla y León en la segunda quincena de febrero, tras las pruebas realizadas en estas semanas en el soporte tecnológico de la historia clínica electrónica. Además, la Consejería de Sanidad está formando a unos 2.930 facultativos de Atención Primaria sobre la gestión del modelo de incapacidad temporal que reducirá la asistencia a las consultas de los médicos de familia.

Fuentes de la Consejería explicaron a Ical que en la semana del 15 de febrero arrancará el nuevo sistema en la Comunidad, después de que se retrasara un par de meses su aplicación al no estar operativos los sistemas informáticos, tanto de los servicios autonómicos de salud, como del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Destacaron que reducirá la “burocracia” del actual modelo y permitirá una “optimización del tiempo” de consultas.

La principal novedad del nuevo modelo es que se modifica la emisión del parte de baja, así como el de confirmación. De esta forma, se establecen cuatro tipos de bajas, en función de su duración y se modifica el sistema de cálculo de los días de baja y de emisión de los partes, que ya no será semanal. Así, los plazos fijados, que dependerán del proceso que presente el trabajador, podrá ser inferior a cinco días; entre cinco y 30; entre 31 y 60, o más de 60.

No obstante, el servicio público seguirá emitiendo como hasta ahora los partes en los procesos derivados de contingencias comunes o de las enfermedades profesionales y accidentes de trabajo de las personas aseguradas por la Seguridad Social. Este sistema, derivado de una orden que desarrolla un Real Decreto de 2014 sobre las bajas en los primeros 365 días, ha obligado a la Consejería ha modificar su sistema informático para facilitar la tarea al personal de Atención Primaria.

En ese sentido, Sanidad ha habilitado en la plataforma Medora, en concreto, en la historia clínica electrónica de Atención Primaria, dos tablas que ayudarán al facultativo. Una de ellas recoge el listado sobre el Código Nacional de Ocupación del trabajador, que identifica su profesión habitual. Otra, que será dinámica, recogerá los procesos, incluso con sinónimos sobre una misma patología. Esta herramienta ofrecerá una referencia sobre el concepto de duración óptima de la incapacidad temporal, que se calcula en función del diagnóstico de baja, la edad del paciente y su ocupación.

Así, el médico de familia podrá decidir si la baja debe mantener durante cinco días, un mes, dos o más. De hecho, la duración de la incapacidad temporal determinará la emisión del primer parte de confirmación, que dependerá del tipo de baja otorgada al trabajador. Todo ello, ha obligado a Sanidad a enviar comunicaciones y organizar foros informativos con responsables de las gerencias de Atención Primaria para que trasladen al resto de profesionales las explicaciones oportunas con el objetivo de que el nuevo modelo funcione sin problemas a partir de mediados de febrero.

Duración y partes

En los procesos con una duración de la inferior a cinco días la baja y el alta se realizará en la misma visita al médico. De hecho, la fecha del alta podrá ser la misma que la de la baja o cualquiera en los tres días naturales siguientes. No obstante, el trabajador podrá solicitar que se le realice un reconocimiento médico el día que se haya fijado como fecha de alta y el facultativo podrá emitir el parte de confirmación de la baja si considerase que no ha recuperado su capacidad laboral. En este primer parte de confirmación, que dejará sin efecto el alta prevista en el parte de baja, se indicará el diagnóstico, la nueva duración estimada y el tipo de proceso, así como la fecha de la siguiente revisión médica.

En cuanto a los procesos que tengan una duración inicial de entre cinco y 30 días, el primer parte de confirmación se realizará a los siete días, y los siguientes, cada 14 como máximo. Los informes complementarios se realizarán a partir del día 30 y, posteriormente, cada dos partes. En las de 31 a 60 días naturales, el primer parte se recogerá al cabo de una semana, como máximo, y los siguientes, cada 28, mientras los informes complementarios se emitirán con el segundo parte de confirmación y, posteriormente, cada dos.

En cuanto a las de 61 o más, la renovación del primer parte será a los 14 días y los siguientes cada 35, con la misma periodicidad de los informes. Los facultativos podrán alterar la duración estimada como consecuencia de la actualización del diagnóstico o de la evolución sanitaria del trabajador. En ese caso, el médico emitirá un parte de confirmación, que recogerá la nueva duración estimada y los siguientes partes de confirmación se expedirán en función de la misma. Si la duración de la baja supera los 365 días, el control lo llevará el INSS.

Mutuas

Respecto al papel que jugarán las mutuas colaboradoras, solo podrán seguir dando altas si la baja está provocada por un accidente de trabajo o enfermedad profesional. Pero sí podrán seguir solicitando el alta de un trabajador que está de baja por enfermedad común a la Inspección Médica del servicio público de salud. Si la Inspección no contesta en un plazo de cinco días o si el servicio autonómico deniega el alta, la mutua podrá pedirla al INSS directamente. Los facultativos de este organismo estatal deberán contestar en un plazo de cuatro días.

Casi dos meses

Los procesos de incapacidad temporal tienen en Castilla y León una duración media de casi dos meses, en concreto, de 58,8 días, según los datos del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, acumulados hasta el mes de octubre de 2015. En el caso de los trabajadores por cuenta ajena la cifra referida a las contingencias comunes es de 44,76 días y en las enfermedades o accidentes laborales, de 40,12. Sin embargo, en el colectivo de autónomos -cuenta propia- la duración media se eleva por encima de los tres meses (91,54 días).

De esta forma, la incidencia mensual por 1.000 trabajadores asegurados en las contingencias comunes es de 16,32; en las enfermedades laborales, de 3,1, y entre los autónomos, de 8,74. Además, el número medio de procesos iniciados al mes es de 11.233 en el primer caso; de 2.190 en el segundo, y de 1.733 en el tercero.