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La Audiencia Provincial absuelve a Julio Arias de un delito de revelación de secretos

El alcalde de Puente de Domingo Flórez mostró su satisfacción por la sentencia y asegura que Prada "intentó utilizar esto para conseguir lo que no consiguió en las urnas"
Julio Arias
Julio Arias. / C. Sánchez

La Audiencia Provincial ha absuelto al alcalde de Puente de Domingo Flórez, Julio Arias, del delito de revelación de secretos del que había sido acusado por la concejala y portavoz del PSOE, Nancy Prada, después de que el regidor mostrase en un pleno un documento referente a un embargo que pesaba sobre la edil socialista. La parte denunciante tiene ahora diez días para presentar recurso antes de que la sentencia se haga firme.

La sentencia, emitida este martes, considera que dicho delito no se puede justificar, ya que los hechos se produjeron en un pleno realizado de forma telemática al que sólo tuvieron acceso los concejales y el secretario del Ayuntamiento y el documento al que se hace alusión en la denuncia iba dirigido al propio Consistorio, conformado por esas personas. El juez considera que no hubo terceras personas que tuvieran acceso al documento ni tampoco hubo difusión del mismo en prensa o redes sociales.

Tras conocer el contenido de la sentencia, Julio Arias manfiestó a El Bierzo Digital su satisfacción por la misma, señalando que Nancy Prada “intentó utilizar esto para conseguir lo que no consiguió en las urnas, tanto ella como el presidente comarcal [del PSOE, Gerardo Álvarez Courel], que salió pidiendo que no me presentara a estas elecciones. Hoy se ha demostrado que hay que esperar a que la Justicia dicte sentencia”. Asimismo, Arias señaló que “estaba tranquilo” respecto a este caso, ya que “el delito de revelación de secretos no tenía base y no se puede llevar esto a otros asuntos”.

3 comentarios en “La Audiencia Provincial absuelve a Julio Arias de un delito de revelación de secretos

  1. Como se nota quién está en los poderes judiciales de León. Este Sr. cometió un gran error y lo declaran inocente. ¡¡¡¡¡¡¡ Menuda injusticia, como es del PP!!!!!!!

  2. Vamos a ver, Marisa, el Alcalde no estaba acusado de cometer un “grave error’, lo juzgaron por cometer un presunto delito. La Justicia es independiente, y basa sus sentencias en lo legislado por los políticos, que se expresa en el Código Penal. Para condenar a alguien hay que tener pruebas de conducta delictiva, y en este caso no las hubo. Así de simple. Y el que te guste o no queda archivado en el cajón de las rabietas. Un juicio penal no es un mitin electoral. Espero que lo hayas entendido. Saludos.

  3. La sentencia ha sido JUSTA y enhorabuena a Julio Arias como gran persona y magnifico alcalde y que el proximo domingo ganara de nuevo.

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